Adherir al Día Internacional de la Mujer Trabajadora.


BLOQUE PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

INTERBLOQUE FRENTE CHAQUEÑO

Autores: Diputado Rodolfo Schwartz, Diputado Gladis Noemi Cristaldo, Diputado Teresa Mónica Cubells,

2020- Año del Congreso Pedagógico

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO RESUELVE

1. Adherir al Día Internacional de la Mujer Trabajadora, este 8 de Marzo y al Paro y Marcha de las mujeres e identidades femeninas de la Provincia del Chaco, convocados por la Mesa Multisectorial Feminista para el día 9 de Marzo del corriente año, bajo el lema: “NI UNA PRECARIZADA MÁS

NI UN DERECHO MENOS, Redistribución de la Riqueza ¡No a la feminización de la Pobreza!”

2. Destacar que el 8 de Marzo no es un día de celebración sino de lucha, que en los últimos cuatro años ha adoptado el carácter mundial de PARO, convocada por todas las mujeres e identidades femeninas, Lesbianas, travestis y trans, pertenecientes a organizaciones gremiales, feministas, sociales, políticas, estudiantiles, por los derechos de las mujeres en todo el mundo.

3. Resaltar que dicho evento se realizará en Argentina y en el Chaco, con la finalidad de visibilizar a los poderes del estado y concientizar a la sociedad, sobre las violencias de género, por los derechos de todas las mujeres y en particular por los derechos laborales de las trabajadoras que aún se les adeuda.

4. Reafirmar, que el Derecho a Huelga, está enmarcado en la Constitución Nacional, la que en su Artículo 14 bis establece, en el segundo párrafo, los Derechos colectivos del trabajo, garantizando a los gremios el de la negociación colectiva y el Derecho de huelga. Entendiendo los constituyentes el concepto gremio como el colectivo de lxs Trabajadorxs de una actividad, estén o no afiliadxs a un Sindicato, y que La Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo establece la protección del Derecho a huelga en varias partes de sus artículos 243, 244 y 245. Especialmente, el Artículo 244 reza: «El empleador no podrá concertar durante el tiempo de duración de la huelga u otras medidas de acción directa aprobadas por la organización sindical pertinente nuevos contratos de trabajo que tiendan a sustituir o reemplazar en su cargo al trabajador, ni adoptar medidas disciplinarias en su contra, ni alterar la situación o condición en que se encuentra revistando en la empresa».

5. Remitir copia de la presente a las organizaciones gremiales, feministas, políticas, sociales y estudiantiles y a la Mesa Multisectorial Feminista de la Provincia de Chaco

6. De forma.-

FUNDAMENTOS

¡¡VIVAS, LIBRES Y CON TRABAJO NOS QUEREMOS!!

Paramos porque nos solidarizamos con nuestra matria latinoamericana que sufre y resiste las agresiones imperialistas.

Paramos porque en los últimos años, crecieron los despidos; la pérdida del poder adquisitivo; aumentaron los recortes en educación, salud y en recursos destinados a políticas públicas específicas de programas de género.

Paramos porque el ajuste azotó al pueblo en general y a las mujeres en particular, porque nos pone a la cabeza de los índices de desempleo y precarización en una clara vulneración de nuestros derechos.

Paramos porque se recrudecen los casos de femicidios, llegamos a este día contando 1 femicidio por día, y la respuesta del gobierno anterior fue destinar solo $11 por mujer al año para atender casos de violencias, ¿cuánto destinará el nuevo gobierno» las mujeres ESTAMOS EN EMERGENCIA.

Paramos porque reivindicamos El 8 de marzo de 1908, como fecha histórica de lucha, cuando un hecho transcendental marcó la historia del trabajo y la lucha sindical en el mundo entero: 129 mujeres murieron en un incendio en la fábrica Cotton, de Nueva York, Estados Unidos, luego de que se declararan en huelga con permanencia en su lugar de trabajo. En la lucha por terminar con el patriarcado, impuesto en miles de años con la división de clases y que sólo será posible luchando mujeres y hombres por terminar con los sistemas de opresión, explotación y división de clases que sufrimos.

Por lo expuesto solicitamos la aprobación de la presente resolución.

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